Base Legal:
El Régimen Mype Tributario del Impuesto a la Renta se creó bajo Decreto Legislativo N° 1269 publicado el 20.12.2016, vigente desde el 01.01.2017.
Decreto Legislativo N° 1269
http://www.sunat.gob.pe/legislacion/mypeIR/dl1269.pdf
Consideraciones:
Se encuentran comprendidos en este régimen tributario los contribuyentes cuyos ingresos no superen las 1700 UIT en el ejercicio gravable y que se encuentren domiciliadas en el país.
Tasas anuales aplicables:
En concordancia con el art. 5 del Decreto legislativo 1269 la tasa aplicable es escalonada de la siguiente forma:
Ejemplo:
La empresa IBC Villar & Asociados en el 2019 obtuvo Utilidad Neta Antes de Impuesto de S/ 85,000.00, se encuentra en el Régimen Mype Tributario y cuenta con 15 trabajadores. La empresa realizó pagos a cuenta por S/ 250.00. Se pide calcular el impuesto a la renta correspondiente y el pago a regularizar.
El total impuesto calculado es de S/ 12,790.00 menos S/ 250.00 de pagos a cuenta, el importe a regularizar es de S/ 12,540.00
CPC Angel Villar Aranda