Actualmente tenemos 3 Procedimientos:
1. Procedimiento General
Se consideran para este procedimiento solo los importes de detracciones originados por servicios señalados en el Anexo N° 3:
Intermediación laboral y tercerización
Mantenimiento y reparación de bienes muebles
Movimiento de carga
Comisión mercantil
Fabricación de bienes por encargo
Servicio de transporte de personas
Contratos de construcción
Demás servicios gravados con el IGV
A) Se puede solicitar la liberación de detracciones siempre y cuando el saldo no se haya agotado luego de pagar tributos por lo menos en 3 meses.
B) No tener deuda tributaria pendiente de pago.
C) No tener condición de domicilio fiscal “No habido”
D) De llevar Registro de Compras y Ventas electrónico, debe haber cumplido con presentar en los plazos establecidos.
E) Los montos depositados no deben estar ingresados como recaudación.
2. Buenos Contribuyentes y Agentes de Retención.
Se consideran para este procedimiento solo los importes de detracciones originados por servicios señalados en el Anexo N° 3:
Intermediación laboral y tercerización
Mantenimiento y reparación de bienes muebles
Movimiento de carga
Comisión mercantil
Fabricación de bienes por encargo
Servicio de transporte de personas
Contratos de construcción
Demás servicios gravados con el IGV
A) Se puede solicitar la liberación de detracciones siempre y cuando el saldo no se haya agotado luego de pagar tributos por lo menos en 3 meses.
B) No tener deuda tributaria pendiente de pago.
C) No tener condición de domicilio fiscal “No habido”
D) De llevar Registro de Compras y Ventas electrónico, debe haber cumplido con presentar en los plazos establecidos.
E) Los montos depositados no deben estar ingresados como recaudación.
3. Procedimiento Especial
Se consideran para este procedimiento los importes en las cuentas detracciones del banco de nación, originados por servicios señalados en el Anexo N° 2 y Anexo N° 1:
Maíz amarillo duro
Residuos, subproductos, desechos, recortes, desperdicios y formas primarias derivadas de los mismos
Carnes y despojos comestibles
Harina, polvo y "pellets" de pescado, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos
Oro gravado con el IGV
Minerales metálicos no auríferos
Bienes exonerados del IGV
Oro y demás minerales metálicos exonerados del IGV
Minerales no metálicos
Bienes gravados con el IGV por renuncia a la exoneración
Aceite de Pescado
Caña de azúcar
Azúcar y melaza de caña
Alcohol etílico
A) Se puede solicitar la liberación de los fondos de detracciones, aquel importe acumulado hasta el último día de la quincena anterior a la que se solicite la liberación.
B) No tener deuda tributaria pendiente de pago.
C) No tener condición de domicilio fiscal “No habido”
D) De llevar Registro de Compras y Ventas electrónico, debe haber cumplido con presentar en los plazos establecidos.
E) Los montos depositados no deben estar ingresados como recaudación.
Pasos para solicitar liberación de los Fondos de Detracciones:
1.- Ingresa a www.sunat.gob.pe
2.- Elige Operaciones en línea (SOL)
3.- Ingresar “Mis trámites y consultas”
4.- Ingresa Datos de acceso SOL
5.- Sigue estos procesos.
6.- Se mostrará el Formulario Virtual 1697
Automáticamente te aparecerá el tipo de procedimiento y la forma de cobro. Para este ejemplo corresponde a procedimiento para buenos contribuyentes.
Luego, dar en clic en Precalificar Solicitud
7.- El sistema evaluará y te indicará si cumples o no con los requisitos
8.- Para consultar el Formulario presentado, solo debes dar clic aquí.
CPC Angel Villar Aranda