Saber si en el 2018 debes utilizar Libros Electrónicos es muy fácil. Lo que debes hacer es saber lo siguiente:
Si ya realizaste la declaración del periodo Abril 2017, debes sumar tus ingresos declarados en el PDT 621 o Formulario Virtual 621 de los periodos Mayo 2016 - Abril 2017.
Si los ingresos superan las 75 UIT (S/. 296,250), estarás obligado a utilizar Libros Electrónicos en el 2018.
Según lo mencionado en la Resolución Superintendencia 361-2015; dicha resolución acota en el nuevo numeral 2.4 del artículo 2 de la Resolución Superintendencia 379-2013:
2.4 Adicionalmente a los sujetos a que se refieren los numerales anteriores, estarán obligados a llevar los registros de manera electrónica, por las actividades u operaciones realizadas a partir del 1 de enero de cada año, del 2017 en adelante, los sujetos que al 1 de enero de cada año, cumplan con las siguientes condiciones:
g) Hayan obtenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT, en el periodo comprendido entre el mes de mayo del año precedente al anterior y abril del año anterior.
g.1 Se utiliza como referencia la UIT vigente para el año precedente al anterior al del inicio de la obligación.
PDT 621 A Revisar
Los ingresos a verificar se tomaran de las declaraciones mensuales realizadas, llámese PDT 621 o Formulario Virtual 621.
Para esto debes sumar las siguientes casillas:
Las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621.
La casilla 100 del Formulario Virtual No 621.
En ningún caso se tomara como base los ingresos plasmados en la declaración jurada anual.