
11/5/2026 | CATEGORÍA: Noticias tributarias
La Resolución de Superintendencia N.° 000075-2026/SUNAT trae cambios importantes para los nuevos contribuyentes en Perú. A partir del 1 de junio de 2026, quienes se inscriban en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y opten por determinados regímenes tributarios serán designados como emisores electrónicos desde el momento de su inscripción.
Además, la normativa adelanta la obligación de utilizar el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), reforzando el proceso de digitalización tributaria impulsado por SUNAT.
Hasta antes de esta modificación, los nuevos contribuyentes tenían un plazo mayor antes de iniciar la emisión electrónica. La designación como emisor electrónico ocurría meses después de la inscripción.
Con la nueva resolución, SUNAT dispone que serán emisores electrónicos desde su inscripción en el RUC quienes opten por:
Esto significa que la obligación de emitir comprobantes electrónicos será inmediata.
Otro cambio relevante es el relacionado con registros electrónicos. Los contribuyentes obligados a llevar Registro de Ventas e Ingresos (RVI) y Registro de Compras (RC) deberán utilizar el SIRE desde el período en que nazca dicha obligación.
Este ajuste reduce plazos de adecuación y exige mayor preparación operativa y contable desde el inicio de actividades.
La nueva normativa implica que empresas recién constituidas deberán iniciar operaciones con procesos digitales listos para cumplir con SUNAT. Se recomienda:
La tendencia regulatoria es clara: mayor trazabilidad, digitalización y control tributario desde el nacimiento del contribuyente.