Cargando...

¿Tengo multa por no presentar declaración jurada IGV-RENTA MENSUAL (612) con compras o ventas menos de ½ UIT?

Empieza ahora GRATIS

Análisis:

Tenemos que el 28 de Enero de 2016 se publicó la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 006-2016/SUNAT/600000, en la cual la Administración Tributaria haciendo uso de su facultad de discrecional estableció:

No se sancionará las infracciones de los numerales 1) “No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos ”y 2) “No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos” del artículo 176° del TUO del Código Tributario si las ventas o compras sean menos a ½ UIT, siempre y cuando se subsane dentro del plazo otorgado por la SUNAT como consecuencia de la notificación de una esquela.

Conclusión:

Si te encuentras en cualquier régimen tributario y tus ventas o compras no superan ½ UIT y te olvidaste de declarar tu IGV-Renta Mensual de acuerdo al cronograma no hay multa siempre que lo subsanen hasta el plazo que SUNAT te otorga en la esquela. Recomiendo subsanar voluntariamente.

CPC Angel Villar Aranda

Algunos de Nuestros Clientes

Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes
Nubecont Clientes