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Régimen de detracciones - Anexo 2

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Definición:

El Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central – SPOT (Régimen de Detracciones), es un mecanismo mediante el cual el comprador o usuario de determinados bienes, deposita en el BN, en una cuenta corriente a nombre del proveedor o de quien vende el bien un porcentaje determinado según lo establecido en el anexo 2, de la R.S. 183-2004/SUNAT.

 

Base Legal:

Decreto Legislativo N° 940

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/reforma_2003/dleg/dleg940.pdf

 

Decreto Supremo N° 155-2004-EF

https://www.mef.gob.pe/es/por-instrumento/decreto-supremo/1595-d-s-n-155-2004-ef/file#:~:text=Que%20mediante%20Decreto%20Legislativo%20N%C2%BA,el%20Decreto%20Legislativo%20N%C2%BA%20917%3B&text=De%20conformidad%20con%20lo%20dispuesto,Art%C3%ADculo%201.

 

Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2004/183.htm

 

Finalidad

El Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias que regula la presente norma, tiene como finalidad generar fondos para el pago de las deudas tributarias por concepto de tributos, multas, los anticipos y pagos a cuenta por tributos -incluidos sus respectivos intereses y la actualización que se efectúe de dichas deudas tributarias de conformidad con el artículo 33º del Código Tributario- que sean administradas y/o recaudadas por la SUNAT.
 

Relación de bienes y tasas porcentuales

Mediante Resolución de Superintendencia Nº 246-2017/SUNAT se incorpora a la caña de azúcar en el Anexo 2 de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, de acuerdo a lo siguiente:

Mediante Resolución de Superintendencia N° 082-2018/SUNAT, se incorporan en el Anexo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, los bienes gravados con el IGV por renuncia a la exoneración y el Aceite de Pescado, de acuerdo a lo siguiente:

Mediante Resolución de Superintendencia N° 152-2018/SUNAT, se modifica la R.S. 183-2004/SUNAT , a fin de variar el porcentaje aplicable a la leche cruda entera.

Mediante Resolución de Superintendencia Nº 130-2019/SUNAT se incorpora a la páprika y otros frutos de los géneros capsicum o pimienta, así como el plomo en el Anexo 2 de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, de acuerdo con lo siguiente:

 

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