
22/7/2026 | CATEGORÍA: Derecho tributario
En el Perú es común que un familiar te preste dinero para reactivar tu negocio o cubrir una emergencia. Sin embargo, para la SUNAT, las transferencias bancarias entre parientes no se explican solas.
Cuando la SUNAT detecta que el patrimonio, los consumos o las inversiones de una persona no guardan relación con los ingresos que ha declarado, puede determinar la existencia de un Incremento Patrimonial No Justificado (IPNJ). Si el contribuyente no logra acreditar el origen de esos fondos, la Administración Tributaria podría considerar que provienen de rentas no declaradas.
Para que SUNAT acepte que el dinero es un préstamo y no te cobre impuestos, el Artículo 60°-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta exige tres condiciones obligatorias:
Cuidado con la trampa de los intereses gratuitos (Art. 26° de la LIR): Por ley, la SUNAT presume que todo préstamo genera intereses. Si tu familia te está prestando dinero gratis, el contrato debe decir explícitamente "préstamo sin intereses". Si no lo pones, la SUNAT te cobrará impuestos por ganancias ficticias.
Si la SUNAT desestima el documento que presentas, el dinero del préstamo pasará a considerarse una venta oculta y te cobrarán: